Por: Redacción Nexofin | contacto@nexofin.com
En 2014, tras llegar a un acuerdo entre las dos petroleras para la inversión en Vaca Muerta, se conocieron algunos detalles del contrato que generaron cuestionamientos. Entre ellas, enviar sus ganancias al exterior y estabilidad fiscal “absoluta”. Si hay litigio habrá jurisdicción extranjera
La Corte Suprema ordenó que la petrolera YPF haga públicas las cláusulas del acuerdo que firmó con su par estadounidense Chevron para lograr la explotación de hidrocarburos no convencionales en las áreas Loma de la Lata Norte y Loma Campana, en la provincia de Neuquén.
El acuerdo se dio en el marco de una aguda falta de inversiones en la región, lo que llevó a los titulares de la petrolera argentina a acordar cláusulas especiales para facilitar la inversión de Chevron en el sur argentino. Entre ellas, enviar sus ganancias al exterior y estabilidad fiscal “absoluta”. Si hay litigio habrá jurisdicción extranjera.
El máximo tribunal remarcó en su fallo que “las imprecisas y genéricas afirmaciones que formuló YPF SA en la causa no eran suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiese comprometer secretos industriales, técnicos y científicos”.
El fallo de la Corte hizo lugar a una acción de amparo iniciada por el senador socialista Rubén Giustiniani luego de que YPF se negara a brindarle la información que había solicitado sobre ese proyecto de inversión, en especial la relacionada con la calidad ambiental y las actividades que desarrollarán ambas petroleras.
La decisión lleva la firma de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, y destaca que “la libertad de información es un derecho humano fundamental y que abarca el derecho a juntar, trasmitir y publicar noticias y contempla la protección del derecho de acceso a la información bajo el control del Estado, que tiene por objeto asegurar que toda persona pueda conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan”.
En 2014, tras llegar a un acuerdo entre las dos petroleras para la inversión en Vaca Muerta, se conocieron algunos detalles del contrato que generaron cuestionamientos. Entre ellas, enviar sus ganancias al exterior y estabilidad fiscal “absoluta”. Si hay litigio habrá jurisdicción extranjera
La Corte Suprema ordenó que la petrolera YPF haga públicas las cláusulas del acuerdo que firmó con su par estadounidense Chevron para lograr la explotación de hidrocarburos no convencionales en las áreas Loma de la Lata Norte y Loma Campana, en la provincia de Neuquén.
El acuerdo se dio en el marco de una aguda falta de inversiones en la región, lo que llevó a los titulares de la petrolera argentina a acordar cláusulas especiales para facilitar la inversión de Chevron en el sur argentino. Entre ellas, enviar sus ganancias al exterior y estabilidad fiscal “absoluta”. Si hay litigio habrá jurisdicción extranjera.
El máximo tribunal remarcó en su fallo que “las imprecisas y genéricas afirmaciones que formuló YPF SA en la causa no eran suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiese comprometer secretos industriales, técnicos y científicos”.
El fallo de la Corte hizo lugar a una acción de amparo iniciada por el senador socialista Rubén Giustiniani luego de que YPF se negara a brindarle la información que había solicitado sobre ese proyecto de inversión, en especial la relacionada con la calidad ambiental y las actividades que desarrollarán ambas petroleras.
La decisión lleva la firma de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, y destaca que “la libertad de información es un derecho humano fundamental y que abarca el derecho a juntar, trasmitir y publicar noticias y contempla la protección del derecho de acceso a la información bajo el control del Estado, que tiene por objeto asegurar que toda persona pueda conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan”.