entro en vigencia una nueva ley de ministerios
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/138140/20151211
en ella se establece el rol del min de agroindustria
ARTÍCULO 20 ter.- Compete al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la agricultura, la ganadería y la pesca, y en particular:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL;
3. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias con la intervención de las áreas que correspondan, en el ámbito de su competencia.
4. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles, en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir en la definición de la política comercial en el campo exterior en el ámbito de su competencia.
6. Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos antidumping y otros instrumentos de regulación del comercio exterior, en el ámbito de su competencia
7. Entender en la elaboración de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas y de los instrumentos que los concreten, así como en la elaboración, ejecución y fiscalización de los mismos en su área;
8. Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones en el exterior;
9. Entender en el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación vinculados con su competencia;
10. Participar en la administración de las participaciones del Estado en las empresas de carácter productivo en el ámbito de su competencia;
11. Participar en la política laboral y tributaria vinculada a las unidades de producción en el ámbito de su competencia;
12. Participar en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y consolidación de las Cooperativas y Mutuales, así como también la actualización de la legislación aplicable con la participación de los sectores involucrados en el ámbito de su competencia;
13. Entender en la elaboración de los regímenes de las actividades relacionadas con los sectores forestal y pesquero;
14. Entender en la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera;
15. Entender en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria de alimentos, en el ámbito de su competencia.
16. Entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos primarios de origen agropecuario, forestal y pesquero;
17. Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de las actividades relacionadas con los sectores agropecuario, forestal y pesquero, e intervenir en lo referente a minerales de lechos marinos;
18. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de las políticas para el desarrollo de las áreas y zonas de frontera;
19. Entender en la defensa fito y zoosanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y en la fiscalización de la importación de origen agropecuario, forestal y pesquero;
http://www.valorsoja.com/2015/12/11/mas-que-un-simple-cambio-de-nombre-el-nuevo-ministerio-de-agroindustria-tendra-por-objetivo-que-el-sector-deje-de-ser-un-mero-aportante-de-divisas/
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/138140/20151211
en ella se establece el rol del min de agroindustria
ARTÍCULO 20 ter.- Compete al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la agricultura, la ganadería y la pesca, y en particular:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL;
3. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias con la intervención de las áreas que correspondan, en el ámbito de su competencia.
4. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles, en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir en la definición de la política comercial en el campo exterior en el ámbito de su competencia.
6. Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos antidumping y otros instrumentos de regulación del comercio exterior, en el ámbito de su competencia
7. Entender en la elaboración de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas y de los instrumentos que los concreten, así como en la elaboración, ejecución y fiscalización de los mismos en su área;
8. Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones en el exterior;
9. Entender en el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación vinculados con su competencia;
10. Participar en la administración de las participaciones del Estado en las empresas de carácter productivo en el ámbito de su competencia;
11. Participar en la política laboral y tributaria vinculada a las unidades de producción en el ámbito de su competencia;
12. Participar en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y consolidación de las Cooperativas y Mutuales, así como también la actualización de la legislación aplicable con la participación de los sectores involucrados en el ámbito de su competencia;
13. Entender en la elaboración de los regímenes de las actividades relacionadas con los sectores forestal y pesquero;
14. Entender en la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera;
15. Entender en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria de alimentos, en el ámbito de su competencia.
16. Entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos primarios de origen agropecuario, forestal y pesquero;
17. Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de las actividades relacionadas con los sectores agropecuario, forestal y pesquero, e intervenir en lo referente a minerales de lechos marinos;
18. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de las políticas para el desarrollo de las áreas y zonas de frontera;
19. Entender en la defensa fito y zoosanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y en la fiscalización de la importación de origen agropecuario, forestal y pesquero;
http://www.valorsoja.com/2015/12/11/mas-que-un-simple-cambio-de-nombre-el-nuevo-ministerio-de-agroindustria-tendra-por-objetivo-que-el-sector-deje-de-ser-un-mero-aportante-de-divisas/