BURYAILE TIENE UN ESCANDALOSO LISTADO DE CAUSAS ANTE LA JUSTICIA POR DEUDAS
Tan utilizado en los últimos tiempos y con los datos que han salido a la luz, estamos habilitados para señalar que el diputado nacional por la Unión Cívica Radical, Ricardo Buryaile, se ha convertido en un verdadero “deudor serial”, atento al extenso listado de causas que se han sustanciado ante la Justicia, todas las cuales han sido infructuosas, dado que los peticionantes no pudieron cobrar peso alguno, lo que ha motivado que se solicite se lo declare en cesación de pagos y, por ello, se lo declare en “Quiebra”.
De acuerdo a las estimaciones y las consecuentes presentaciones efectuadas, a la actualidad la deuda del legislador agroganadero, de profesión contador público nacional, asciende a la suma de $1.405.000.-
En la edición de ayer TIEMPO, brindaba un minucioso informe acerca del “modus operandis” que el diputado nacional Ricardo Buryaile ha venido llevando a cabo en los últimos años para seguir “indenme” con la gran cantidad de causas judiciales que afronta en virtud de la escandalosa deuda que ha contraído y sobre la cual los demandantes no han podido cobrar a la fecha dinero alguno.
Lo que fue posible también a que el mediático legislador agroganadero haya apelado a la medida de enajenar todo tipo de bienes que se encontraban a su nombre.
Es importante, insistir en algunas de las presentaciones llevadas adelante por los demandantes, uno de los cuales, a través de su abogado patrocinante, en el escrito respectivo, trajo a colación: “A pesar de haber obtenido sentencia favorable que manda llevar adelante la ejecución en el año 2003, hasta la fecha, 12 años después no se logró realizar el crédito obtenido en la sentencia a causa de la insolvencia del demandado. Cuando fue electo diputado nacional como es de público y notorio conocimiento ante una petición de embargo sobre los haberes que percibía como tal, Buryaile se apresuró a firmar un acuerdo por $350.000 que incumplió absolutamente con esporádicos pagos que hizo que el acuerdo se rescindiera. En interín transfirió bienes en forma simulada que se tenían cautelados a parientes y realizó cuanta maniobra evasiva estuviera a su alcance para abstraerse al cumplimiento de la manda judicial. Actualmente y de los informes obtenidos en la causa se confirma que el Sr. Buryaile tiene una innumerable cantidad de juicios en su contra, que los bienes que se hallaban embargados fueron transferidos en evidente perjuicio de sus acreedores y que mantiene con el Banco Nación una deuda que le impide afrontar sus compromisos contractuales y comerciales. A pesar de las reiteradas oportunidades que se le ha dado para que haga frente a sus obligaciones el demandado reincidió en promesas e incumplimientos que jamás concretó y que deja a mi comitente a 15 años de haber iniciado un proceso “abreviado” de cobro sin la más mínima esperanza de hacerse de su legítimo crédito.
De la oportuna remisión de los autos y de los informes acompañados en el mismo que se acompañan como prueba, queda en evidencia que el Sr. Buryaile se encuentra en mora en el cumplimiento de más de una obligación hace más de diez años. La última planilla de liquidación en los autos referenciados asciende a $1.405.000, sin resultados positivos a la fecha.
Lo expuesto sumado a la gran cantidad de procesos iniciados en su contra como surge del informe que se adjunta, nos pone ante la irrebatible evidencia de que el accionado está atravesando durante un período extenso por una situación de impotencia patrimonial que jurídicamente se la denomina cesación de pagos, elemento este que abre la puerta a la declaración de falencia.
Estando cumplidos los recaudos exigidos por la ley específica, corresponde que, previo emplazamiento a la firma deudora, se declare la quiebra de esta”.
Frondoso listado
Como remarcamos mas arriba, es amplio el listado de deudas en el que está afectado el diputado nacional, las que enumeramos a continuación:
Juzgado Civil y Comercial n° 3, causa caratulada “Leyba, Ricardo Gaspar c/ Buryaile Ricardo s/juicio ejecutivo – inc. De modalización de pago-Buryaile expediente 00105/99. Fecha 26/04/2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 5, causa caratulada “Buryaile,Ricardo c/AUFE SAC y otros s/Oficios Ley 914 expediente 00207/11. Fecha 19/04 2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 2, causa caratulada “Financiar S.A. C/Buryaile, Ricardo S/Accion de Ejecución (Ejecutivo) expediente 00486/99. Fecha 12/04/2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 3, causa caratulada “Leyba, Ricardo Gaspar c/Buryaile Ricardo s/Juicio Ejecutivo, inc. De modalización, inc. Ejec. Honor – Carlos Leguizamón expediente 00105/99. Fecha 25/02/2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 3, causa caratulada “Leyba, Ricardo Gaspar c/ Buryaile Ricardo s/Juicio Ejecutivo- Ejec. De Honorarios-Leguizamón expediente 00105/99. Fecha 25/02/2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 3, causa caratulada “Buzzato, Gilberto Alsides c/Buryaile, Ricardo s/Ordinario expediente 00436/08. Fecha 22/02/2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 3, causa caratulada “Leyba, Ricardo Gaspar c/Buryaile Ricardo s/Juicio Ejecutivo (Ejecutivo) 00105/99. Fecha 22/02/2011.
Juzgado Civil y Comercial N° 1, causa caratulada “González, Rosa Lidia c/Buryaile, Ricardo y otro s/Ordinario (fialiación) expediente N° 00396/05. Fecha 17/12/2010.
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N° 1 Clorinda, causa caratulada “Caldera, Adelaida del Carmen c/ Buryaile y Otro y/o Quien R.S./Ordinario (DA&NTILDE,O MORAL) expediente N° 00082/10. Fecha 12/11/2010.
Cámara de Aplicaciones en lo Civil y Comercial Clorinda, causa caratulada “Cabrera, Víctorc/Buryaile, Ricardo y Otro y o quien resultare, expediente 00084/10. Fecha 12/11/2010.
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Clorinda, causa caratulada “Caldera, Adelaida del Carmen c/Buryaile, Ricardo y otro o quien resultare, Inc. Benef Litg sin gastos, Inc. De Ejecución de Honorarios, Doctora Acosta Graciela, expediente N° 00082/10. Fecha 12/11/2010.
Juzgado Civil y Comercial N° 1, causa caratulada “Domínguez, Sergio Daniel c/Buryaile, Ricardo s/Ejecutivo (Ejecutivo), Incidente de Ejecución de Honorarios, Doctora Acosta Graciela, expediente N° 00659/01
PARECE SER QUE ESTE ÑATO, TRIGO LIMPIO NO ES!!!